Electricidad
Requisitos:
- Los indicados en Requisitos del servicio eléctrico.
- La solicitud para este servicio debe realizarse con al menos 10 días hábiles antes de su instalación.
- El o los Comités encargados deberán presentar al ICE la autorización correspondiente otorgada por la Municipalidad respectiva para instalar los arcos luminosos.
- Junto con la solicitud de autorización se debe indicar:
- Nombre y calidades de la empresa o persona responsable que instala los arcos luminosos.
- Detalle de carga a instalar: Cantidad de arcos luminosos, cantidad de bombillas en cada arco, potencia en Watts de cada bombillo, cantidad de días que se usarán y tiempo de uso, ubicación de cada arco, fecha de instalación y desconexión. - Garantía por escrito del contratista, donde queda de manifiesto que las personas que efectuarán la conexión de los arcos, poseen los conocimientos técnicos en electricidad para realizar dichas funciones.
- Para suministrar el servicio eléctrico, el cliente deberá firmar la solicitud de servicio correspondiente, la cual se emite al momento de su tramitación.
- La energía suministrada a los arcos luminosos con fines comerciales, será calculada mediante la siguiente fórmula:
(# bombillas x Watts x # horas x # días) = Consumo en kWh
1000
Al consumo en kWh se le aplicará la tarifa general, el impuesto de ventas y la tarifa de alumbrado público. El depósito de garantía es igual al 100% del monto del consumo en kWh a cobrar. Una vez concluida la actividad y retirados los arcos luminosos, es responsabilidad del contratista, informar al ICE a fin de que le sea devuelto su depósito de garantía. Previo a la entrega del depósito de garantía, se realizará una inspección de la red y se evaluarán posibles daños causados. En caso de haberlos, el contratista cubrirá la totalidad de éstos.
El Contratista o empresa que instala los arcos, se hace responsable de cualquier daño que la instalación u operación cause a la red, por lo que acepta cubrir los costos en que incurra el ICE para reparar los daños causados. Asimismo el ICE no se responsabilizará por los daños o accidentes que pudieran sufrir terceras personas o propiedades de éstas a causa de los trabajos de instalación, operación o remoción de los arcos luminosos, debiendo el contratista asumir los costos de los eventuales daños.
