Responsabilidad Social y Ambiental
Última actualización: 03/05/12
La política de recolección de papel consiste en un programa voluntario de recolección de papel de desecho que se genera en todas las dependencias del ICE, así como un programa permanente de sensibilización al personal sobre las necesidades de reciclar y los beneficios ambientales del adecuado uso del papel.
Sobre el Programa
Este programa se inició formalmente hace dos años, mediante la suscripción de un convenio con la empresa Kimberly Clark, en el 2008.
Mediante este convenio, el ICE procura brindar una solución integral a la problemática institucional del manejo de desechos de papel, resguardando con ello las condiciones ambientales que consagra la Constitución Política y demás normativa vinculante, asegurándose a su vez, una contraprestación que guarda equidad, proporcionalidad y razonabilidad con el objetivo propuesto.
Con este convenio, el ICE se compromete a entregar al Kimberly Clark, papel de desecho en forma mensual y esta como contraprestación, se compromete a entregar en forma proporcional su equivalente traducido en rollos de papel higiénico, garantizándose el ICE una solución a la problemática de acumulación de desechos de papel y a su vez el abastecimiento de un insumo de alto consumo institucional como lo es el papel higiénico.
Beneficios del programa:
- La adecuada disposición final de este desecho permite cumplir con el tema el tema de la salud y la seguridad, dado que la acumulación del papel y cartón representa un riesgo de enfermedades tales como el dengue. Además la acumulación de este material propicia el riesgo de incendio si no se brinda la adecuada disposición del mismo.
- Colaboración social. La operación de esta actividad permite facilitar toneladas de papel al centro infantil del ICE, los recursos generados permiten financiar becas a niños de empleados, con recursos económicos limitados o con situaciones especiales de salud.
- Cumplimiento de principios y normativa legal. En términos legales este proyecto le permite al ICE cumplir con el principio constitucional establecido en el numeral 50 de la Carta Magna, el cual establece que “toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”, asimismo en el decreto Nº 33477-S-MP del 23 de noviembre del 2006, mismo que declara de interés público y nacional, las iniciativas tendientes a brindar una solución integral al problema de los desechos en nuestro país y establece que las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con “recursos económicos”, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las iniciativas indicadas. La Ley General de Salud en su artículo 278 establece: “Todos los desechos sólidos que provengan de las actividades corrientes personales, familiares o de la comunidad y de operaciones agrícolas, ganaderas, industriales o comerciales, deberán ser separados, recolectados, acumulados, utilizados cuando proceda y sujetos a tratamiento o dispuestos finalmente, por las personas responsables a fin de evitar o disminuir en lo posible la contaminación del aire, del suelo o de las aguas.” Por su parte el Artículo 279 de la cita ley, prohíbe en forma expresa -independientemente se trate de una persona natural o jurídica: “...arrojar o acumular desechos sólidos en lugares no autorizados para el efecto, utilizar medios inadecuados para su transporte y acumulación y proceder a su utilización, tratamiento o disposición final mediante sistemas no aprobados por el Ministerio”.
