Servicios de Telecomunicaciones
 
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Respuesta a preguntas frecuentes

1. ¿ Tener el servicio privado tiene algún cargo adicional?

Tiene un cargo fijo mensual de ¢600 más IVA si es residencial y ¢1.200 más IVA si es comercial.

2. ¿Puedo utilizar un servicio residencial para fines comerciales?

No es posible. El uso determina el tipo de servicio que debe contratar, acorde con lo estipulado en la Reglamentación de Servicios de Telecomunicaciones. Además, en caso de que el titular del servicio sea una persona jurídica, todos sus bienes o servicios deben ser comerciales, De acuerdo al articulo No 5, inciso c) del Código de Comercio.

3. Mi línea se encuentra instalada en una casa de habitación sin embargo se requiere que el nombre en la guía sea publicado a nombre de una empresa, ¿cuál es el tipo de servicio le corresponde?

Si el nombre que se desea publicar en la Guía Telefónica es comercial debe tener tipo de servicio comercial normal para ser incluido correctamente.

4. ¿Qué me ofrece la condición de privado?

La condición de privado evita que el número de un servicio telefónico no sea publicado en la Guía Telefónica Oficial, en la página Web, ni será brindado por el servicio de Información 113. Además, a los servicios que pertenecen a centrales digitales, se instalará la facilidad No Identificador de Llamadas (aplican restricciones) para evitar ser observados en los aparatos identificadores de llamadas.