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Respuesta a preguntas Frecuentes

1. Si la línea se encuentra restringida solo para llamadas salientes ¿evito cualquier tipo de cargo internacional en mi factura?

No. Aún pueden entrar llamadas internacionales a cobrar y ser aceptadas. En estos casos, se recomienda cerrar el acceso del tráfico internacional entrante.

2. ¿Si se genera una llamada internacional y el receptor no puede ser contactado (ocupado o no contesta) esa llamada se cobra?

NO. El cargo por internacionales solo se realiza en el momento que el destino conteste la llamada (puede ser incluso una contestadota automática). Si da ocupado o la llamada no es contestada, no se realiza ningún cargo adicional.

3. Si me conecto a Internet y tengo restricción total entrante y saliente ¿se pueden generar cargos por llamadas internacionales?

Si es posible. Algunas páginas de Internet generan cargos internacionales al conectarse a través de los servidores de Internet con otros países. Para evitar que esto suceda, debe instalar en su equipo, programas (software) que impidan que se realicen este tipo de conexiones sin su consentimiento.

4. ¿Cuánto tarda en ejecutarse el trámite?

En el transcurso de 48 a 72 horas hábiles posterior al recibirlo el ICE y cumplir los requisitos respectivos.

5. ¿Es posible saber quién hizo una llamada internacional?

Solamente si la llamada se realizó de persona a persona mediante operadora. Cuando se genera una llamada internacional mediante el sistema MIDA directo, esta se hace de teléfono a teléfono y no interviene una operadora.

6. ¿Hay alguna forma de poder hacer llamadas internacionales cuando la línea está restringida totalmente?

Sí, mediante el servicio prepagado 199 ó 197, es posible realizar llamadas internacionales, ya que los costos son rebajados del saldo de la tarjeta.