Servicios de Telecomunicaciones
 
Internet del ICE
 
 


Requisitos para solicitar el servicio

Firmar el Contrato Único que indique los siguientes datos:

  • Nombre y número de cédula del titular del servicio.
  • Dirección exacta donde se desea instalar
  • Tipo de servicio contratado, tipo de acceso al tráfico internacional y a servicios 900 y lugar de envío de los recibos de consumo
  • Número del medidor eléctrico del inmueble donde se desea instalar y/o algún número telefónico cercano que no tenga más de 75mtrs de distancia
  • Número telefónico donde localizarlo y nombre de la persona a quien contactar.
  • Nombre que se desea publicar en la Guía Telefónica (Excepto cuando se solicite privado)
  • Firma del titular del servicio
  • No tener deudas activas del servicio sobre el cual desea el trámite con la institución.
  • El servicio se instala sobre una línea telefónica a nombre del titular del servicio
  • Sujeto a la disponibilidad técnica en la red telefónica del sector.
  • Identificación y/o legitimación del titular del servicio

Si posee ICECLAVE activa, solamente debe validarse.

De lo contrario requiere:

  • Persona Física:

    Original y copia de cédula de identidad para nacionales, en caso de ser extranjeros deben presentar documentos que acrediten su permanencia en el país: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado o de residente rentista, carné de asilado territorial.

  • Persona Jurídica:

    · Original y copia de cédula de identidad y cédula residencia del representante legal.

    · Original y copia de cédula jurídica.

    · Original y copia de personería jurídica (no más de un mes de emitida).

  • Consideraciones generales:

Las gestiones antes mencionadas, tanto de personas físicas como jurídicas, las podrá realizar un tercero en representación del titular o de la persona que será responsable del servicio, mediante autorización otorgada de conformidad con el artículo 283 de la Ley General de la Administración Pública , Ley 6227 del 2 de mayo de 1978 o poder especial, general o generalísimo.