Tramite
Traslado externo de medidor
Consiste en el servicio que se ofrece al cliente cuando este desea trasladar el medidor a otro sitio. El interesado deberá presentar para este trámite, los siguientes documentos:
a) Última factura eléctrica cancelada.
b) Cédula de identidad y/o personería jurídica reciente (con un máximo de 1 mes de emitida) de la persona o empresa a nombre de quien aparece registrado el servicio.
c) Dirección donde desea el servicio, lugar donde desea pagar, dirección para el envío de la factura eléctrica.
d) Suministrar la lista de la carga a conectar (cantidad de bombillos, equipos y artefactos eléctricos en general).
e) Se deberá cumplir con los “Requisitos Técnicos de Instalación de Servicio”. (Ver documento de Requisitos Técnicos de Instalación) según lo establece la Norma Técnica AR-DTAGO “Instalación y Equipamiento de Acometidas Eléctricas” de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 5 del 8 de enero del 2002, los cuales se entregarán al cliente al momento de efectuar la solicitud.
f) No registrar deudas pendientes de cancelación por servicios eléctricos con la Institución.
g) En caso de tratarse de construcciones superiores a los 80 mt², deberá presentarse la “Solicitud de Conexión de Servicio”, la cual es emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y certificada por el profesional responsable de la construcción. Para construcciones inferiores a los 80 mt², bastará con la presentación del correspondiente permiso Municipal de construcción.
h) En caso de construcciones deberá presentar la “Solicitud de Conexión de Servicio” (Ver documento de Requisitos Técnicos), la cual es emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y certificada por el profesional responsable de la construcción (cuando el Grupo ICE así lo requiera).
i) Para el caso de la CNFL, el número de teléfono al que debe de comunicarse es al 800-energía (800-3637442), este número telefónico es totalmente gratuito, o bien al correo electrónico 800energia@cnfl.go.cr
j) Consulte este requisito con la Agencia de Servicios de Electricidad más cercana.
Una vez solicitado el traslado del medidor y presentados todos los requisitos, el ICE dispone de un plazo máximo de 10 días para efectuarlo o comunicar al cliente la resolución a su solicitud.
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