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Servicio de Distribución

Tarifa T-RE
Tarifa T-GE
Tarifa T-CS
Tarifa T-CI
Tarifa T-BO
Tarifa T-MT
Tarifa T-MTP
Tarifa T-AP

 

Tarifa T-RE residencial

A. Aplicación: Se entiende por consumo residencial el servicio para casas de habitación o apartamentos que sirven exclusivamente de alojamiento. No incluye moteles, hoteles, hospitales, hospicios, ni edificios de apartamentos servidos por un solo medidor.

B. Precios mensuales:

Temporada alta Temporada baja
Primeros 200 KWh a ¢ 46,00/kWh ¢ 38,00/kWh
Cada kilovatio adicional ¢ 73,00 ¢ 60,10

 

Tarifa General (T-GE):

A. Aplicación: Para industrias, comercios y locales donde se suministran servicios profesionales.

B. Precios mensuales:

 
Temporada alta 
Temporada baja   
Para consumos menores o iguales que 3 000 kWh
Por cada kWh
¢ 81
¢ 67
Para consumos entre 3 001 y 20 000 kWh
Cargo por energía, por cada kWh
Cargo por potencia, por cada kW


¢48
   ¢ 7 552,00

 

¢ 40
   ¢ 6 267,00

Para consumos mayores de 20 000 kWh
Cargo por energía, por cada kWh
Cargo por potencia, por cada kW



¢ 32
¢ 11 271,00


¢ 26
¢9 355,00

 

Tarifa Preferencial de Carácter Social (T-CS):

a. Aplicación : Aplicable estrictamente a todos aquellos clientes que pertenezcan a alguno de los siguientes sectores:

Educación: Exclusivamente para centros de enseñanza, pertenecientes al sector de educación pública estatal: centros de enseñanza preescolar, escuelas de educación primaria, escuelas de enseñanza especial, colegios de educación secundaria, colegios técnicos de educación secundaria, colegios universitarios, universidades y bibliotecas públicas, incluyendo las instalaciones que se dedican exclusivamente a la actividad educativa pública. Los restaurantes, sodas, residencias y otros, aún cuando se hallen a nombre de entidades educativas, no gozarán de esta tarifa, debiendo ubicarse dentro de la que les corresponda.

Religión: Exclusivamente para templos de iglesias legalmente constituidas. Cualquier otra actividad no relacionada directamente con el culto religioso quedará excluida de la tarifa.

Protección a la niñez y a la vejez: Hogares y asilos de ancianos, asilos de personas discapacitadas, guarderías infantiles promovidas por el Estado y hogares públicos para niños, todos los anteriores de carácter benéfico y sin fines de lucro.

Instituciones de asistencia y socorro: Aquellas cuyo fin sea la asistencia social para grupos de escasos recursos económicos o de protección de personas en caso de desastres o situaciones de crisis.

Todos de carácter benéfico y sin fines de lucro: En estos casos la tarifa se aplicará exclusivamente en los edificios y demás propiedades utilizados expresamente para los fines citados.

Otros: Todos aquellos clientes que a criterio del Instituto costarricense de Electricidad deban incluirse en esta tarifa, siempre que el cliente demuestre fehacientemente que su actividad es estrictamente de carácter benéfico y sin fines de lucro.

b. Características del servicio

Nivel de tensión: en baja y media tensión.
Medición: un único equipo, en un solo punto de medición en el punto de entrega.
Disponibilidad: en lugares donde exista red primaria o secundaria de distribución.

c. Precios mensuales:

  Temporada alta Temporada baja
Para consumos menores o iguales que 3 000 kWh
Por cada kWh
¢ 42 ¢ 34
Para consumos mensuales mayores que 3 000 kWh
Cargo por energía, por cada kWh
Cargo por potencia, por cada kW


¢ 21
¢ 5 045,00



¢ 17
¢ 4 035,00

 

Tarifa Sector de Pequeño Comercio e Industria (T-CI):

A. Aplicación:     Tarifa especial para pequeña industria y pequeños comercios que utilicen equipo de refrigeración y expendan primordialmente los productos de la Canasta Básica , ambos con consumos mensuales hasta 2 000 kWh.

B. Precios mensuales:

  Temporada alta Temporada baja
Por cada kilovatio-hora ¢ 75 ¢ 64

C. Comercios e industrias con consumos mensuales mayores que 2.000 kWh se facturan aplicando la tarifa General (T GE).


Tarifa Bombeo de Agua Potable y Riego (T-BO):

A. Aplicación:     Al consumo de energía en el bombeo de agua potable para el servicio de acueducto y para riego de productos agrícolas, con la debida concesión del Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE).

B. Precios mensuales

 
Temporada Alta
Temporada Baja
Para consumos menores o iguales que 3 000 kWh
Por cada kWh
¢ 50
¢ 40
Para consumos mayores a 3 000kWh
Cargo por energía, por cada kWh
Cargo por potencia, por cada kW
¢ 25
¢ 5 964,00

¢ 20
¢ 4 771,00


Tarifa Media Tensión (T-MT):

A. Aplicación: Tarifa opcional para clientes servidos en media tensión (1000 a 34500 voltios).


Temporada Alta
Temporada Baja
Cargo por potencia por cada kilovatio
Período punta
Período valle
Período nocturno


¢ 6 329,00
¢ 6 104,00
¢ 2 770,00


¢ 4 748,00
¢ 2 261,00
¢ 2 261,00
Cargo por enegía, por cada kWh
Período punta
Período valle
Período nocturno


¢ 40
¢ 21
¢ 9


¢ 30
¢ 8
¢ 7

Tarifa Media Tensión en zonas marginales (T-MTP):

Aplicación: Tarifa opcional para clientes servidos en media tensión correspondiente a industrias que se instalen a futuro en zonas marginales, socialmente deprimidas y sean declaradas así por el Gobierno de la República, con una vigencia mínima de un año, prorrogable por períodos anuales, hasta por cinco años, debiendo comprometerse los clientes a consumir como mínimo 240000 kWh por año. Si dicho mínimo no se ha cumplido por el cliente, en la facturación del doceavo mes, se agregarán los kWh necesarios para completarlo a los que se le aplicará el precio de la energía en periodo punta de la temporada alta.


Temporada Alta
Temporada Baja
Cargo por potencia
Periodo punta:
Primeros 27 kW
Cada kilovatio adicional


¢ 167 481,00
¢ 6 203,00


¢ 125 631,00
¢ 4 653,00
Periodo valle:
Primeros 27 kW
Cada kilovatio adicional

¢ 161 541,00
¢5 983,00

¢ 59 805,00
¢ 2 215,00
Periodo nocturno:
Primeros 27 kW
Cada kilovatio adicional

¢ 73 278,00
¢ 2 714,00

¢ 59 805,00
¢ 2 215,00
Cargo por energía
Periodo punta:
Cada kWh

¢ 39

¢ 29
Periodo valle:
Cada kWh

¢ 21

¢ 8
Periodo nocturno:
Cada kWh

¢ 8

¢ 7


Tarifa Alumbrado Público (T-AP):

a. Aplicación: Esta tarifa se debe aplicar por la iluminación de vías y zonas públicas donde exista red de distribución del ICE.

b. Precios mensuales:

Por cada kWh de consumo de electricidad.............. ¢ 1,76
Esta tarifa tiene un cargo fijo mímico de 30 kWh y un máximo de aplicación de 50.000 kWh por mes.

 

 

   
   
 
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